INCAPACIDAD TEMPORAL (IT). Parte médico de Baja.

Asimismo, hará constar la fecha en que se realizará el siguiente reconocimiento médico.
- los datos relativos a la baja,
- los identificativos del alta y la fecha de la misma, que podrá coincidir con el día de la baja o estar comprendida dentro de los tres días naturales siguientes.
- En más de siete días naturales a la fecha de la baja médica, tratándose de procesos de duración estimada corta o media,
- de catorce días naturales tratándose de procesos de duración estimada larga.


Tenga en cuenta que desde el 1 de Abril de 2023 desaparece la obligación de la persona trabajadora de recoger en el centro médico, y entregar en la empresa, en plazo, la copia en papel de de los partes de baja confirmación y alta, puesto que, tal y como establece la reforma del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, dicha gestión puede llevarse a cabo entre entidades - sanitaria empresa y entidad gestora - de forma telemática; y sin tener que depender de la previa presentación del parte en papel por la persona trabajadora. Por tanto, desde el 1 de Abril de 2023, el facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora solo una copia de este, que la guardará para sí, sin estar obligada a presentarla o remitirla a ningún lado.
COMPETENCIA PARA EMITIR PARTES MÉDICOS DE BAJA.
- Servicio público de salud, de procesos de IT derivados de:
- contingencias comunes de los trabajadores de la Seguridad Social
- contingencias profesionales de los trabajadores de empresas que tienen protegidas estas contingencias con el INSS
- Servicio médico de la mutua colaboradora con la Seguridad Social de procesos de IT derivados de contingencias profesionales de:
- trabajadores de empresas asociadas con una mutua
- trabajadores por cuenta propia adheridos a una mutua para la protección de dichas contingencias.
- Facultativo de la empresa colaboradora voluntaria en la gestión de contingencias profesionales: procesos de IT derivados de contingencias profesionales de los trabajadores de esas empresas.
- Inspector médico del INSS/ISM: bajas médicas de recaídas de un proceso de menos de 365 días que finalizó por alta médica emitida por el médico del INSS.
- El INSS, a través del EVI/CEI:
- bajas médicas tras el alta médica sin declaración de Incapacidad Permanente formalizadas antes de los 365 días de IT
- bajas médicas tras el alta médica sin declaración de Incapacidad Permanente formalizadas entre los 366 hasta los 545 días de IT
Comentarios
Tipos de partes médicos y procesosLegislación
Real Decreto 625/2014, de 18 de Julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, desarrolla el Real Decreto 625/2014 de Procesos de ITEn Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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