Jurisprudencia sobre contratos fijos discontinuos

Jurisprudencia y Doctrina
Contratos de trabajo


FIJOS DISCONTINUOS


STSJ Cataluña sala Social 5454/2024
Despido nulo por cesar en fecha de llamamiento de fijo discontinuo, reconociéndose en el mismo la improcedencia sin alegar en carta de despido razones más allá de la baja médica.
STS sala Social 967/2024
Discriminación salarial, reconoce a los trabajadores discontinuos el derecho a percibir complemento convencional de funciones en caso de realizar efectivamente las tareas que lo definen, diferencia discriminatoria por la parcialidad.
STS sala Contencioso 1164/2024
Los trabajadores fijos discontinuos tienen derecho a tener un segundo trabajo durante los periodos de inactividad; válido tanto para el sector público como para el privado.
STSJ Galicia sala Social 855/2024
El mensaje de WhatsApp de una trabajador fijo discontinuo renunciando a incorporarse el lunes tras el llamamiento supone dimisión.
STSJ Murcia sala Social 369/2024
Trabajadora fija discontinua, se cuestiona si se ha producido un despido de la actora por falta de llamamiento.
STSJ Galicia sala Social 4373/2023
El despido de una trabajadora fija discontinua durante la baja es nulo con indemnización adicional por daños y perjuicios de 7.501 euros.
STSJ Galicia sala Social 4373/2023
El despido de una trabajadora fija discontinua es nulo con indemnización adicional por daños y perjuicios de 7.501 euros
STS sala Social 583/2023
Base reguladora de IT por enfermedad común de fijo discontinuo. Se excluyen cotizaciones de entidad gestora durante periodos inactividad
STSJ Galicia sala Social 3926/2023
Se declara improcedente el despido al trabajador por negarse a convertir su contrato en fijo discontinuo.
STS Sala Social 225/2023
Despido. Salarios de tramitación en el periodo en el que no se presta servicios por ser trabajo fijo discontinuo.
STSJ Murcia Sala Social 308/2023
La indemnización por despido improcedente de un trabajador fijo discontinuo agrario sólo incluirá las jornadas reales.
SAN sala Social 19/2023
La limitación del uso de la contratación fija discontinua al personal docente es legítima pero no puede extenderse a todos los profesores.
SAN sala Social 30/2023
Devengo de trienios de trabajadora fija discontinua de la UIMP ¿computa el periodo de prestación efectiva o todo el tiempo?
STS sala Social 738/2022
Fijo discontinuo. Para calcular antigüedad debe tenerse en cuenta toda la relación laboral, no sólo el tiempo de prestación de servicio.
STS sala Social 385/2022
Fijos discontinuos. Trienios. Cálculo antigüedad debe computar periodo total de prestación de servicios, no sólo la prestacióm efectiva.
STSJ Murcia Sala Social 3109/2022
Trabajadores fijos discontinuos: tiempo computable a efectos de indemnización por despido.
STS sala Social 369/2022
Delimitación de periodo temporal para el cálculo de la indemnización por despido improcedente de trabajadora fija discontinua.
STS sala Social 669/2016
Trabajador fijo-discontinuo que se encuentra en situación de Incapacidad Temporal en el momento del llamamiento, procede el alta y cotización aunque no preste efectivamente servicios.
STS sala Social 4689/2015
Pretensión de reconocimiento de condición de fijo discontinuo desde el primer contrato reconociendo la empresa la antigüedad desde el primer contrato. Falta de acción, existe acción. Nulidad de actuaciones.
STS sala Social 3971/2015
Despido de trabajadoras fijas discontinuas. Abono de salarios de tramitación, hasta la fecha en que se hubieran prestado servicios en dicha temporada. Hechos probados, deben tenerse en cuenta hechos que constan en documentos que se dan por reproducidos.
STS sala Social 3279/2015
RCUD. Despido. Trabajador fijo discontinuo: Socorrista acuático al servicio del Ayuntamiento de Gijón. Falta de llamamiento. Competencia de jurisdicción. Falta de contradicción.
STS sala Social 4262/2014
Trabajador de Iberia que celebró sucesivos contratos eventuales antes de ser reconocido trabajador indefinido a tiempo parcial. Se declara el carácter fijo discontinuo de la relación inicial y la antigüedad desde la fecha del primer contrato.
STS sala Social 3541/2014
Despido. Contratación indefinida no fija. Caducidad de la acción en atención a si debió presentarse la demanda en la fecha del último cese o en la fecha en que debió ser llamada la trabajadora. RCUD: falta de contradicción.
STS sala Social 5411/2013
RCUD. Despido. Contrato fijo discontinuo. Prestación de servicios ininterrumpida. Comunicación de interrupción del contrato. Naturaleza jurídica del contrato. Contrato indefinido. Posible despido improcedente.
STS sala Social 6564/2010
Reclamación de derechos. Concatenación de contratos de duración determinada para la Comunidad de Madrid. Actividad permanente de carácter cíclica y condición de trabajador indefinido discontinuo.
STS sala Social 7169/2010
Comunidad de Madrid: sucesivos contratos temporales de obra o servicio determinado para la prevención y extinción de incendios forestales: improcedencia de tal forma de contratación.- Contrato por tiempo indefinido de carácter  discontinuo: procede "cuando, con independencia de la continuidadde la actividad de la empresa, se produce una necesidad de trabajo de carácter intermitente o cíclico,es decir, en intervalos temporales separados pero reiterados en el tiempo y dotados de una cierta homogeneidad". Se reitera doctrina mantenida en las SSTS 19.1.2010, 3.2.2010, y 03/03/2010 rcuds. 1526, 1710 y 1527/2009.
STS sala Social 2735/2010
Contratos indefinidos discontinuos. Campañas en Administraciones Públicas
STS sala Social 3046/2010
Campaña contra incendios. Contratación indefinida.


ANEXOS

En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...

pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Jurisprudencia sobre despido objetivo por ineptitud sobrevenida

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos