COTIZACIÓN RÉGIMEN GENERAL
![]() | El responsable de pagar la Seguridad Social de los trabajadores cuando no los tiene dados de alta es la empresa. |
![]() | Inclusión o exclusión de dietas en base de cotización de trabajador desplazado a ubicación distinta de centro habitual de trabajo. |
![]() | Solicitud informe vida laboral: ¿el trabajador puede impugnar contenido respecto a periodos de cotización en TGSS o debe acudir a INSS? |
![]() | Si abona indemnización por despido o fin de contrato superior a la establecida legalmente debe cotizar por ello a la Seguridad Social. |
![]() | Cabe un nuevo periodo de pago voluntario tras la sentencia que desestima un recurso contra una deuda de la Seguridad Social. |
![]() | RC. Proceso colectivo. Naturaleza y calificación de los pluses de transporte y vestido, a los efectos de cotización a la Seguridad social. |
![]() | Indemnización de daños y perjuicios reclamada por reconocimiento judicial de relación laboral que genera el daño de no haber cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social. Falta de contradicción. |
![]() | Responsabilidad empresarial por accidente de trabajo. Falta de cotización durante la totalidad del corto tiempo durante el cual duró la relación laboral. Gravedad de los incumplimientos exigibles. |
![]() | Consideración de la percepción de una retribución como habitual. La superación del umbral del salario mínimo percibido en un año natural puede ser un indicador adecuado de habitualidad. |
COTIZACIÓN RETA
![]() | Derecho Reconocido a los Autónomos Societarios de poder acogerse a la tarifa plana en igualdad de condiciones que el autónomo persona física. |
![]() | Alta de oficio de en RETA. La realización de trabajos productivos de forma personal, habitual y directa para una actividad supone dedicación exclusiva para la misma y por lo tanto la obligación de alta en el RETA. |
![]() | Inclusión en el RETA del titular de un establecimiento abierto al público. La mera posesión de Licencia Fiscal no presupone el ejercicio de la actividad autónoma que suponga la obligación de causar alta en el RETA. |
![]() | Pluriactividad. Exclusión del alta en RETA de la actividad por cuenta propia si no existe regularidad en la prestación de servicios, ni existe una estructura empresarial conducente a ello. |
![]() | Alta en el RETA cuando los ingresos por la actividad realizada por cuenta propia superan el SMI. Retroactividad de los efectos del alta de oficio. |
![]() | Habitualidad en el trabajo. El criterio del montante de la retribución es apto para apreciar el requisito de la habitualidad y su inclusión en el RETA. |
![]() | Agentes de seguros. El contrato de agente de seguro establece la actividad que ha de desempeñarse con continuidad y estabilidad, lo que implica habitualidad. Excepción a esta regla. |
![]() | Ingresos inferiores al SMI en una actividad incluida en el RETA. Si los rendimientos de la actividad no superan el SMI, ello constituye un indicio de que no se cumple el requisito de la habitualidad y, por tanto, no habría obligación de causar alta en el RETA. |
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