La indemnización por despido improcedente
Para analizar la cuestión de la indemnización por despido improcedente es necesario acudir al Artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, que, en su apartado 1, señala:1. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. La opción por la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.
"1. La indemnización por despido prevista en el artículo 56.1 será de aplicación a los contratos suscritos a partir del 12 de febrero de 2012. 2. La indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados con anterioridad al 12 de febrero de 2012 se calculará a razón de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, y a razón de treinta y tres días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior, prorrateándose igualmente por meses los periodos de tiempo inferiores a un año. El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a setecientos veinte días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior al 12 de febrero de 2012 resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará este como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a cuarenta y dos mensualidades, en ningún caso. 3. A efectos de indemnización por extinción por causas objetivas, los contratos de fomento de la contratación indefinida celebrados con anterioridad al 12 de febrero de 2012 continuarán rigiéndose por la normativa a cuyo amparo se concertaron. En caso de despido disciplinario, la indemnización por despido improcedente se calculará conforme a lo dispuesto en el apartado 2.
Para finalizar:
En este mismo manual encontrará una herramienta donde puede realizar el CÁLCULO de cualquier indemnización por extinción del contrato, introduciendo los datos relativos a la antiguedad del trabajador y a sus retribuciones.
Casos Prácticos
Calculo de indemnización por extinción de la relación laboralComentarios
La indemnización por despido improcedente: Una nueva vuelta de tuerca la jurisprudencia del TS ¿Sabe qué es y cómo funciona el derecho de opción de la empresa?¿Qué alternativas tengo si no soy capaz de hacer frente al pago del salario de mis trabajadores?Formularios
Escrito ejercitando la opción de readmisión en despido improcedente Escrito ejercitando la opción de indemnización en despido improcedenteLegislación
Estatuto Trabajadores Artículo 56 Despido ImprocedenteJurisprudencia y Doctrina
STS 99/2023 Los suplementos salariales por manutención o vivienda, recogidos en el contrato se tienen en cuenta en cálculo indemnización.STSJ CAT 3573/2021 La excedencia por cuidado de menor sí computa para calcular indemnización despido improcedente aunque trabajador el trabajador ya viniera disfrutando de otra excedencia.STS Sala Social 7655/2010 RCUD. Despido improcedente. Cálculo de la indemnización del despido. Salario inferior al del Convenio colectivo. Determinación del salario regulador de la indemnización. CONSULTA V0106-14 Sobre si debe tributar la indemnización por despido o cese por el hecho de volver a trabajar en la misma empresa dentro de los tres años siguientes al despido o cese.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: La readmisión en el despido improcedente
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.