¿quién está OBLIGADO A SER AUTÓNOMO SOCIETARIO?
Un autónomo societario es un trabajador por cuenta propia que ha constituido una sociedad mercantil en cualquiera de sus formas jurídicas. Una de las diferencias principales entre el régimen aplicable al autónomo persona física y el de socios y administradores societarios que tienen la condición de autónomos es que este último deberá, además de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, realizar los trámites necesarios para la constitución de las distintas formas de empresa: escritura pública, estatutos, depósito en el registro mercantil.... Por otro lado, constituir una sociedad de capital ofrece mayores garantías de cara a limitar nuestra responsabilidad, quedando ésta acotada al capital que haya aportado cada socio. De las distintas formas sociales que un autónomo societario tiene a su disposición para contituir su empresa, es la S.L, por el reducido capital inicial que se requiere para su puesta en funcionamiento, la forma más común de sociedad.¿Cuándo se presume que soy autónomo societario?

- El capital social (acciones o participaciones) que tenga bajo su control:
- Tener al menos el 25% del capital de la empresa y que se ejecuten labores de dirección o gerencia.
- Tener al menos el 33% del capital y que trabajen en la empresa.
- Poseer al menos el 50% del capital sumando a sus participaciones, las de su cónyuge y las de sus familiares por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado, siempre que conviva con ellos.
- La administración demuestre la existencia de control pese a no alcanzar los estándares anteriores.
Legislación
Artículo 305 Real Decreto Legislativo 8/2015 Extensión.Comentarios
Régimen de la Seguridad Social para socios y administradores societariostrámites necesarios para la constitución de las distintas formas de empresaEn Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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