SOCIEDADES COOPERATIVAS. OPCIÓN DE INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL O EN EL RETA
Cuando se trate de cooperativas cuya actividad sea distinta a la venta ambulante, el artículo 14.1 RD 8/2015, otorga la posibilidad a los socios de la misma de optar por alguna de las siguientes opciones:- Puede optar por incluir a todos los socios dentro del Régimen General.
- Igualmente, puede también optar por incluir a todos los socios dentro del RETA.
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Inclusión en el RETA de los socios trabajadores de una Cooperativa dedicada a la venta ambulanteLegislación
Artículo 14.1 RD 8/2015, por el que se aprueba la Ley General de la Seguridad Social.Siguiente: Relación de alta dirección entre trabajador y sociedad.
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