Requisitos para ser beneficiario de la pensión de incapacidad permanente no contributiva.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS


Carecer de ingresos suficientes.


    Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.

    No obstante, si son inferiores a 7.905,80 euros/año y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen en las tablas que a continuación se exponen.

    Existirá Unidad Económica de Convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

    a) Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Nº CONVIVIENTES

€/AÑO

2

13.439,86

3

18.973,92

4

24.507,98

...

...



    b) Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres e hijos:

Nº CONVIVIENTES

€/AÑO

2

33.599,65

3

47.430,80

4

61.269,95

...

...



    Además deberá cumplir con los requisitos específicos de la propia Pensión no Contributiva de Invalidez:
  1. Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.

  2. Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

  3. Discapacidad: Grado de discapacidad igual o superior al 65%.
    El grado de minusvalía o de enfermedad crónica se determina valorando tanto factores físicos, psíquicos y sensoriales como sociales, mediante la aplicación de los baremos establecidos en los anexos I y II del Real Decreto 1971/1999 (Art. 3 y Disposición Adicional 2ª.1 del Real Decreto 357/1991).
    

Legislación



Artículo 363 RD 8/2015 TRLGSS. Beneficiarios

Jurisprudencia y Doctrina



Incapacidad Permanente No Contributiva

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Compatibilidades de la prestación de invalidez no contributiva
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