REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
Carecer de ingresos suficientes.
Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales. No obstante, si son inferiores a 7.905,80 euros/año y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen en las tablas que a continuación se exponen. Existirá Unidad Económica de Convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante. a) Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:Nº CONVIVIENTES | €/AÑO |
2 | 13.439,86 |
3 | 18.973,92 |
4 | 24.507,98 |
... | ... |
Nº CONVIVIENTES | €/AÑO |
2 | 33.599,65 |
3 | 47.430,80 |
4 | 61.269,95 |
... | ... |
- Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.
- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Discapacidad: Grado de discapacidad igual o superior al 65%.El grado de minusvalía o de enfermedad crónica se determina valorando tanto factores físicos, psíquicos y sensoriales como sociales, mediante la aplicación de los baremos establecidos en los anexos I y II del Real Decreto 1971/1999 (Art. 3 y Disposición Adicional 2ª.1 del Real Decreto 357/1991).
Legislación
Artículo 363 RD 8/2015 TRLGSS. BeneficiariosJurisprudencia y Doctrina
Incapacidad Permanente No ContributivaComentarios
Obligaciones de los beneficiarios de la pensión de invalidez no contributivaCompatibilidades de la prestación de invalidez no contributivaGrados de parentescoSiguiente: Contenido de la prestación derivada de incapacidad permanente no contributiva.
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