Consecuencias de negarse a fraccionar vacaciones de los trabajadores
Para muchas empresas, ajustar el calendario evitando que la producción o el servicio se vean afectados, puede ser un verdadero quebradero de cabeza. Para poder anticiparse, es importante conocer en profundidad la regulación legal y el régimen jurídico de las vacaciones, el contrato a subscribir para cubrirlas o las consecuencias de no denegar expresamente los días solicitados por el trabajador ante la falta de acuerdo entre las partes. La regulación de las vacaciones, contenida en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, es bastante escueta, lo que deja el desarrollo de las condiciones que regirán entre las partes al convenio colectivo de aplicación y a lo que libremente acuerde la empresa con sus trabajadores, siempre y cuando se respeten los mínimos legales. En cuanto a su duración, el apartado 1 del artículo 38 E.T. dispone lo siguiente:Recuerde que...
Las vacaciones laborales se regirán, preferentemente, por lo pactado o regulado en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo; y solo cuándo en éstos NO exista regulación sobre vacaciones, se aplicará el Art. 38 RDLeg 2/2015.A) ¿Cómo se justificará la necesidad especial de conciliar en la solicitud?
El trabajador o trabajadora deberá probar que tiene un hijo o menor de 12 años a cargo o que se dan necesidades de cuidado con las personas descritas conforme al apartado 8 del artículo 34 (Hijos e hijas mayores de doce años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, así como de otras personas dependientes cuando, en este último caso, convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.).Ejemplos de esto pueden ser una familia numerosa, que la persona a cuidar tenga una discapacidad importante, o cuando las necesidades de cuidado recaigan sobre la persona trabajadora de manera intensa, como ocurre en familias monoparentales.
- Deberá también ser probado que destinar ese lapso de tiempo al trabajo impide o dificulta cuidar de las personas a las que acabamos de hacer mención.
B) ¿Cómo puede la empresa justificar la denegación de la solicitud?
Si en la solicitud de conciliación la persona trabajadora consigue acreditar esta necesidad, la empresa tiene dos opciones a su disposición para justificar su negativa.- Demostrar que las razones expuestas por la persona trabajadora no justifican la solicitud o que aun existiendo estas necesidades, la pretensión es irracional o excesiva.
- Probar que existen razones o causas propias de la empresa que le impiden cumplir con la solicitud de la persona trabajadora. Para el caso de las vacaciones sería necesario acreditar que conceder determinados días resultaría inviable debido a, por ejemplo, la carencia de efectivos que implicaría un trabajo excesivo para el resto de compañeros o la imposibilidad material de cumplir con las tareas o porque las funciones a realizar requieren específicamente la presencia insustituible del empleado en esos días.
Como conclusión:

Formularios
Contestación de la empresa denegando la solicitud de disfrute de vacaciones anualesJurisprudencia y Doctrina
STSJ Galicia 2672/2023 Denegar el disfrute fraccionado de las vacaciones cuando existe necesidad de conciliar vulnera los derechos fundamentalesComentarios
Regulación legal y régimen jurídico de las vacacionesAcuerdo para fijar la fecha de las vacacionesFalta de acuerdo para fijar las vacacionesJornada a la carta y conciliación de la vida familiar y laboralLegislación
Art. 38 E.T. RD-Legis 2/2015. Vacaciones.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.