CLÁUSULA CONTRACTUAL DE COMPENSACIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS
Cláusula nº ....- De conformidad con el Artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, se pacta la voluntaria prestación de trabajo en horas extraordinarias, dentro de los límites del apartado 2 del citado precepto. Dado que el convenio colectivo no establece opción entre abonar las horas extraordinarias, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido, mediante la presente cláusula, incluída en el contrato de trabajo, se pacta que las horas extraordinarias trabajadas serán compensadas de la siguiente manera:DESPLIEGUE el MENÚ para elegir la opción que desee utilizar.
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Cláusula contractual sobre compensación de horas extraordinariasLegislación
Art. 35 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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