COMPLEMENTO DE TURNICIDAD
Cantidad. Cuantía litigiosa inferior a 1.803 Euros. Complemento de turnicidad C1. Trabajadora al servicio del Ministerio de defensa. Se aprecia la existencia de afectación general. Cabe recurso de suplicación. Nulidad de actuaciones para que por la sala de suplicación se resuelva el recurso formulado. |
Siguiente: Jurisprudencia sobre complemento de nocturnidad
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.