Artículo 306 Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, Ley de Sociedades Anónimas

Normativa
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, Ley de Sociedades Anónimas

ART. 306  Rescate.




    La sociedad podrá rescatar las obligaciones emitidas:

    a) Por amortización o por pago anticipado, de acuerdo con las condiciones de la escritura de emisión.

    b) Como consecuencia de los convenios celebrados entre la sociedad y el sindicato de obligacionistas.

    c) Por adquisición en Bolsa, al efecto de amortizarlas.

    d) Por conversión en acciones, de acuerdo con los titulares.

Redacción válida hasta 01-09-10, según Real Decreto Legislativo 1/2010.
   Ver equivalencia nueva redacción artículo 430 RDL 1/2010.

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