Artículo 31. Fomento del asociacionismo.
1. Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana promoverán el asociacionismo e impulsarán el desarrollo de las asociaciones que persigan fines de interés general, así como la unión de asociaciones, y de las federaciones y confederaciones, respetando su libertad y autonomía frente a los poderes públicos. 2. El fomento del asociacionismo se realizará mediante el establecimiento de mecanismos de asistencia, servicios de información, formación y asesoramiento y campañas de divulgación y reconocimiento de las actividades de las asociaciones que persigan fines de interés general.Siguiente: Art. 32. Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
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