Artículo 31. Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía.

Normativa
Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía.

Artículo 31. Procedimientos electrónicos.




    La Administración de la Junta de Andalucía impulsará la tramitación por medios electrónicos de los procedimientos de inscripción en el Registro de Asociaciones de Andalucía, de conformidad con la normativa de aplicación en la materia.

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