Artículo 36 Directiva 2002/22/CE Parlamento Europeo, de 7 de marzo de 2002, del Servicio Universal.

Normativa
Directiva 2002/22/CE, de 7 de marzo, derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas

Artículo 36. Notificación, seguimiento y procedimientos de revisión.



Redacción válida hasta 20-12-2020, por Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas.

    1. Las autoridades nacionales de reglamentación notificarán a la Comisión, a más tardar en la fecha de aplicación mencionada en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 38 y con posterioridad tan pronto como se produzca cualquier modificación, los nombres de las empresas que hayan sido designadas para el cumplimiento de obligaciones de servicio universal con arreglo al apartado 1 del artículo 8.

    La Comisión presentará esta información en una forma fácilmente accesible y la remitirá, según proceda, al Comité de Comunicaciones a que se refiere el artículo 37.

    2.  Las autoridades nacionales de reglamentación notificarán a la Comisión las obligaciones de servicio universal impuestas a las empresas designadas para el cumplimiento de obligaciones de servicio universal. Cualquier cambio relacionado con dichas obligaciones o con las empresas a las que se refiere lo dispuesto en la presente Directiva será notificado inmediatamente a la Comisión.

    3. La Comisión analizará de manera periódica la aplicación de la presente Directiva e informará al respecto al Parlamento Europeo y al Consejo, haciéndolo por vez primera antes de que se cumplan tres años de la fecha de aplicación mencionada en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 38. Los Estados miembros y las autoridades nacionales de reglamentación proporcionarán a la Comisión la información necesaria a tal efecto.


NOTA: Redacción modificada (apartado 2) por DIRECTIVA 2009/136/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, pertinente a efectos del EEE de 25 de noviembre de 2009.

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