Artículo 37 Real Decreto 1937/2004, reglamento de ejecución de la Ley 20/2003 de protección jurídica del diseño Industrial

Normativa
Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de protección jurídica del diseño industrial.

Artículo 37. Contenido de la solicitud de inscripción de transmisiones.




    1. La petición para inscribir la transmisión de un registro de diseño o de su solicitud, presentada de conformidad con lo previsto en el artículo 64.1 de la Ley 20/2003, de 7 de julio, podrá formularse en los impresos normalizados que a tal efecto se establezcan e incluirá las siguientes indicaciones:

    a) El nombre y dirección del solicitante o del titular del diseño registrado.

    b) El nombre y dirección del nuevo titular, conforme a lo dispuesto en los párrafos b) y c) del artículo 1.1.

    c) Cuando el solicitante de la inscripción de la transmisión actúe por medio de representante, nombre y dirección de éste, conforme a lo previsto en el artículo 1.1.f).

    d) Indicación del documento o acto acreditativo de la transmisión.

    e) Número del registro o solicitud de registro de diseño que se transmite. En el caso de que no todos los diseños objeto de una solicitud o registro múltiple estén incluidos en la transmisión, la indicación de los que constituyen objeto de aquélla.

    f) Firma del solicitante o de su representante.

    2. La solicitud de inscripción de transmisión deberá presentarse acompañada de los siguientes documentos: a) Documento acreditativo de la transmisión conforme a lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 63 de la Ley 20/2003, de 7 de julio.

    b) Justificante del abono de la tasa correspondiente.

    3. La solicitud de inscripción de transmisión podrá comprender varios registros o solicitudes de registro de diseño, sean éstos independientes o integrados en solicitudes múltiples, a condición de que el titular registral anterior y el nuevo titular sean los mismos para cada uno de los registros o solicitudes afectados.

    4. Cuando el documento acreditativo de la transmisión sea alguno de los previstos en el artículo 63.2.c) de la Ley 20/2003, de 7 de julio, éstos podrán consistir en los impresos normalizados que a tal efecto se establezcan.

Siguiente: Artículo 38 Real Decreto 1937/2004, reglamento de ejecución de la Ley 20/2003 de protección jurídica del diseño Industrial

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos