Artículo 4. Principios rectores.
1. La Sección Primera actuará con sometimiento a los principios de legalidad, imparcialidad, neutralidad, igualdad entre las partes y audiencia. En los procedimientos de mediación y arbitraje se aplicarán además los principios de voluntariedad, salvo invocación de convenio, cláusula arbitral o pacto escrito de mediación, y confidencialidad. 2. El tratamiento llevado a cabo por la Sección Primera de los datos personales empleados en las actuaciones realizadas en el ámbito de sus funciones, se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.