Artículo 54. Regulación.
Las asociaciones de carácter especial sobre las que es competente la Generalitat se regulan por el régimen general establecido en la presente ley, con las especificaciones que para cada una se determinan en los artículos siguientes.Siguiente: Art. 55. Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
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