Artículo 54. Presentación de la solicitud.
1. La solicitud de certificado complementario de protección o de su prórroga, se presentará en el modelo oficial, y deberá contener: a) Cuando la solicitud se refiera a medicamentos: i. Lo establecido en el artículo 8 del Reglamento (CE) n.º 469/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativo al certificado complementario de protección para los medicamentos (en adelante, Reglamento (CE) n.º 469/2009). ii. Información de que el producto está protegido por la patente de base designada por su titular a los fines del procedimiento de obtención del certificado. b) Cuando la solicitud se refiera a productos fitosanitarios: i. Lo establecido en el artículo 8 del Reglamento (CE) n.º 1610/96 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 1996, por el que se crea un certificado complementario de protección para los productos fitosanitarios (en adelante, Reglamento (CE) n.º 1610/96). ii. Información de que el producto está protegido por la patente de base designada por su titular a los fines del procedimiento de obtención del certificado. c) Cuando la solicitud se refiera a una prórroga de un certificado complementario de protección de medicamento: i. Lo establecido en el artículo 8, apartado d), del Reglamento (CE) n.º 469/2009. ii. Declaración responsable sobre el contenido de los documentos aportados con indicación de los Estados miembros de la Unión Europea a los que correspondan. d) La firma del solicitante o de su representante. 2. La presentación de la solicitud de certificado complementario de protección o de su prórroga implicará el pago de la tasa correspondiente.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.