Artículo 7. Lugar de las actuaciones.
El lugar de realización de las actuaciones que corresponden a la Sección Primera será el de su sede en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, salvo que, en los procedimientos de mediación o arbitraje, a solicitud de todas las partes, la Sección acuerde que se realice en otro lugar.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.