Artículo 8. Tipo de gravamen.
El Impuesto se exigirá al tipo del 7 por ciento.Jurisprudencia
- Consulta Vinculante V0295-21. Base imponible del Impuesto sobre el valor de producción de la energía eléctrica.Siguiente: Art. 9. Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
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