Artículo 20 Ley 4/1997, de 24 de Marzo, reguladora de las sociedades laborales

Normativa
Ley 4/1997, de 24 de marzo, reguladora de las Sociedades Laborales

Artículo 20. Requisitos.



Redacción válida hasta 13-11-15, según Ley 44/2015.

    Para poder acogerse a los beneficios tributarios, las sociedades laborales habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la calificación de "Sociedad Laboral".
b) Destinar al Fondo Especial de Reserva, en el ejercicio en que se produzca el hecho imponible, el 25 por 100 de los beneficios líquidos.

Legislación



- Indice de la Ley 4/1997 de Sociedades Laborales

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