Artículo 30. Causas de cese en el ejercicio del cargo.
Artículo DEROGADO por Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. 1. El Presidente y los Consejeros de la Comisión Nacional de la Competencia cesarán en su cargo según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. 2. El Director de Investigación cesará en su cargo mediante Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, previa aprobación por mayoría simple del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. Modificado por Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.Redacción Anterior
Artículo 30. En vigor hasta 5/3/2011. Ley 15/2007, de 3 de Julio, de Defensa de la Competencia.Legislación
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