Artículo 31.
La letra girada contra dos o más librados podrá presentarse a cualquiera de ellos, a menos que indique claramente lo contrario. La negativa de la aceptación por uno de ellos permitirá al tenedor el ejercicio de su acción de regreso conforme a lo dispuesto en el artículo 50.Legislación
- Índice de la Ley 19/1985 Cambiaria y del cheque///2244$Art. 44 LCCH$Artículo 44 Ley Camb. y del Cheque///2250$Art. 50 LCCH$Artículo 50 Ley Camb. y del ChequeSiguiente: Artículo 32. Ley 19/1985, de 16 de julio, ley cambiaria y del Cheque
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