Artículo 63. Excepciones al artículo 60.6.
La limitación del plazo prevista en el apartado 6. del artículo 60 no será de aplicación a las ediciones de los siguientes tipos de obras: Antologías de obras ajenas, diccionarios, enciclopedias y colecciones análogas. Prólogos, epílogos, presentaciones, introducciones, anotaciones, comentarios e ilustraciones de obras ajenas.Siguiente: Artículo 64. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de Abril, Ley de Propiedad Intelectual
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