Artículo 69. Real Decreto 887/2006, 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Normativa
Real Decreto 887/2006, 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones

Artículo 69. Modalidades de justificación de la subvención.




    La justificación por el beneficiario del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, podrá revestir las siguientes modalidades:

    1) Cuenta justificativa, adoptando una de las formas previstas en el Sección 2.ª de este Capítulo.

    2) Acreditación por módulos.

    3) Presentación de estados contables.

Legislación



- Índice del R.D. 887/2006 Reglamento de la Ley General de Subvenciones

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