Artículo 886
Redacción válida hasta 31/08/2004, según Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Para los efectos legales se distinguirán tres clases de quiebras, a saber: 1.ª Insolvencia fortuita. 2.ª Insolvencia culpable. 3.ª Insolvencia fraudulenta.Siguiente: Art. 887. R.D. de 22 Agosto de 1885, Código Comercio
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