Artículo 341. Traslado de la propuesta de convenio.
1. El letrado de la Administración de Justicia dará traslado de la propuesta o propuestas presentadas a las partes personadas en el procedimiento. 2. El traslado de la propuesta o propuestas no procederá a aquellos acreedores que se hubieran adherido a la misma.NOTA: Redacción modificada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.