Artículo 407 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Artículo 407. Apertura obligatoria de la liquidación.




    Durante la vigencia del convenio, el concursado deberá pedir la liquidación desde que conozca la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos en este y las obligaciones contraídas con posterioridad a la aprobación de aquel.


NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.


Redacción Anterior



- Redacción del artículo 407 anterior a Ley 16/2022 de 5 de septiembre.

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