Artículo 734 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Artículo 734. Legitimación.




    Están legitimados para solicitar la declaración de un concurso territorial:

    1.º Cualquier persona legitimada para solicitar la declaración de concurso con arreglo a esta ley.

    2.º El representante del procedimiento extranjero principal.

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