Disposición Adicional 7ª. Ley 2/1995, de Sociedades de Responsabilidad Limitada

Normativa
Ley 2/1995, de 23 de Marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada

Disposición Adicional 7ª. Sociedades Laborales.




    En el plazo de tres meses a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Ley, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de Ley de Sociedades Laborales, en el que se actualice el réigmen jurídico de la sociedad anónima laboral y se regule la sociedad de responsabilidad limitada laboral.

        

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