Disposición adicional vigésima primera. Números y Tarjetas de Identidad de Extranjero.
Se facilitará la expedición del Número de Identidad de Extranjero para los solicitantes de autorizaciones de residencia otorgadas al amparo de esta ley y las personas que pretendan realizar actividades relacionadas con los objetivos de esta ley. Para ello, se habilitará una página web específica para este colectivo para solicitar citas en línea y se podrá contar con diversas administraciones y organismos para la expedición presencial de los Números de Identificación de Extranjero.Siguiente: Art. 11 ter. Ley 1/2000, de 7 de Enero, de Enjuiciamiento Civil.
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