Disposición adicional tercera. Aplicación de la legislación reguladora de las infraestructuras comunes en los edificios.
Las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en el interior de los edificios se regulan por lo establecido en la presente ley, por el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación y sus desarrollos reglamentarios.Siguiente: Disposición adicional cuarta Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones
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