Disposición adicional vigésima sexta. Reasignación de recursos.
Los órganos y organismos de la Administración General del Estado podrán ejercer las funciones que en la presente ley se les atribuyen con sus recursos disponibles sin necesidad de requerir dotaciones presupuestarias adicionales.Siguiente: Disposición adicional vigésima séptima Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones
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