Disposición final cuarta. Título competencial.
Esta ley se dicta al amparo de la competencia estatal prevista por el artículo 149.1.9.ª de la Constitución en materia de legislación sobre propiedad industrial, salvo los artículos 1.3 y 2.3.c), que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que reconoce la competencia estatal sobre la legislación laboral, y el Capítulo V que se ampara en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia sobre legislación procesal.Siguiente: Disposición final quinta Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.
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