Disposición final cuarta. Título competencial.
Esta Ley se aprueba al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª y 14.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de legislación mercantil y de Hacienda general, respectivamente.Siguiente: Disposición final quinta Ley 16/2013, de medidas en materia de fiscalidad medioambiental
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