Disposición final quinta. Título competencial.
Redacción válida hasta el 31-08-2022, según la Ley 14/2022, de 8 de julio. Este real decreto se aprueba al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª y 18.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de Hacienda general y procedimiento administrativo común, respectivamente.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.