CUESTIONES CONTABLES
ST.Supremo: 87/2003 | S.A. Obligación de los consejeros-delegados de rendición de cuentas: siendo los reales y efectivos gestores, deben rendir cuentas para que el Consejo de Administración haga la rendición de cuentas que presenta a la Junta General. |
ST.Supremo: 172/2003 | No puede prosperar la impugnación del acuerdo social de aprobación de Memoria, Balance y Cuenta de Resultados, cuando el tribunal de instancia aprecia la corrección, en virtud de informe pericial que acoge, la impugnación por lesión social exige la prueba de la lesión sufrida por la sociedad y no simplemente del accionista recurrente. |
ST.Supremo: 941/2003 | (Nulidad acuerdos adoptados por Junta General Extraordinaria). Fondo de reversión: Es un concepto contable, pero no hay obligación legal de constituirlo y dotarlo. |
ST.Supremo: 1017/2003 | Nulidad asiento cancelación extinción S.A. liquidada. Crédito subsistente comunicado durante la liquidación. |
ST.Supremo: 1058/2003 | El examen de las cuentas societarias el socio puede ir acompañado de un experto contable. |
ST.Supremo: 5857/1997 | Auditoría de cuentas. |
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