Índice. R.D. 281/2003, 7 de marzo, Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual

REAL DECRETO 281/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Artículo único. Aprobación del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual.

    Disposición transitoria primera. Puesta en marcha de los registros territoriales.
    
Disposición transitoria segunda. Competencias registrales del registro central.

Disposición transitoria tercera. Composición de la Comisión de Coordinación de los Registros.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición final única. Facultad para el desarrollo normativo.


ANEXO

CAPÍTULO I Del registro general de la propiedad intelectual y de la colaboración entre registros

SECCIÓN 1.ª OBJETO, ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y ESTRUCTURA DEL REGISTRO


Art. 1. Objeto del registro.
Art. 2. Organización del registro.
Art. 3. Funciones de los registros territoriales.
Art. 4. Funciones del registro central.
Art. 5. Composición y funciones de la Comisión de Coordinación
        de los Registros.
Art. 6. Del titular del registro central.
Art. 7. De los soportes de información.

SECCIÓN 2.ª COLABORACIÓN ENTRE REGISTROS

Art. 8. Principios rectores.

CAPÍTULO II. De las solicitudes

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Art. 9. Requisitos de las solicitudes, lugar y forma de presentación.
Art. 10. Formalización de determinados actos y contratos.

SECCIÓN 2.ª DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN

Art. 11. Legitimación para solicitar las inscripciones.
Art. 12. Requisitos comunes de las solicitudes de inscripción.
Art. 13. Requisitos de las solicitudes en supuestos
         especiales.
Art. 14. Requisitos específicos de la solicitud para la
         identificación y descripción de las obras,
         actuaciones o producciones objeto de propiedad
         intelectual.
Art. 15. Registro competente para practicar la inscripción.

SECCIÓN 3.ª DE LAS SOLICITUDES DE ANOTACIÓN PREVENTIVA

Art. 16. Legitimación para solicitar las anotaciones.
Art. 17. Procedimiento y plazos de caducidad.

CAPÍTULO III. El procedimiento de actuación del registro

Art. 18. Admisión de la solicitud.
Art. 19. Subsanación de defectos.
Art. 20. Solicitudes incompatibles.
Art. 21. Tramitación de la solicitud.
Art. 22. Calificación.
Art. 23. Tracto sucesivo.

CAPÍTULO IV. De la resolución de las solicitudes y de sus vías de impugnación

Art. 24. Resolución: plazo, motivación y notificación.
Art. 25. Vías de impugnación.

CAPÍTULO V. De las inscripciones

Art. 26. Forma y contenido de la inscripción registral.
Art. 27. Eficacia de la inscripción.
Art. 28. Extinción de la inscripción.
Art. 29. Corrección de errores.

CAPÍTULO VI. De la publicidad registral

Art. 30. Publicidad de los asientos registrales.
Art. 31. Publicidad de los expedientes.
Art. 32. Publicidad de los programas de ordenador.

Siguiente: Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje

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