Introducción a conductas que generan la responsabilidad de los Administradores

INTRODUCCIÓN


    El jurista D. Antonio Garrigues ha afirmado que "administrar una empresa hoy en día es potencialmente una de las operaciones más arriesgadas y peligrosas que puede desarrollar un ser humano, incluyendo entre otras ocupaciones el boxeo, la escalada invernal, el funanbulismo sin red o la conducción de vehículos en épocas de puentes y vacaciones."

    La comparación, aunque pueda resultar un tanto exagerada, pretende dar una idea del riesgo, cada vez mayor, que implica el hecho de asumir el cargo de admnistrador de una sociedad; riesgo que se va incrementando cada vez más, como consecuencia de los cambios legislativos y también de los poco eficantes comportamientos de algunos administradores de empresas y compañías, que vamos conociendo a través de los medios de comunicación.

    Antes de proceder a revisar las conductas de los administradores que generan responsabilidad, queremos señalar que la responsabilidad del administrador en el ámbito mercantil puede ser de dos tipos: la responsabilidad por daños, es decir, el Administrador responde por los daños que su actuación cause a la sociedad, a los socios o a terceros; y la responsabilidad por deudas, es decir, por no actuar cuando la situación económica de la sociedad es de insolvencia o incluso de concurso; es decir, responsabilidad por no disolver o liquidar la sociedad o, en su caso, por no instar la declaración del concurso de acreedores (lo que también puede generar responsabilidad en el amrco de la Ley Concursal).

    Por eso, en este apartado vamos a analizar las distintas conductas o actuaciones de los administradores que, según la jurisprudencia de los Juzgados y Tribunales, han dado lugar a uno u otro tipo de responsabilidad, bien sea por los daños causados, bien por la situación de deuda o insolvencia en la que se encuentre la sociedad.

Legislación



- Art. 236 RDL 1/2010 TRLSC. Presupuestos y extensión subjetiva de la responsabilidad.
- Art. 367 RDL 1/2010 TRLSC. Responsabilidad solidaria de los administradores.

Jurisprudencia y Doctrina



- Jurisprudencia sobre Responsabilidad de los Administradores.
- STS 1492/2024. Responsabilidad del administrador social por deudas sociales conforme al art. 367 LSC. Plazo de prescripción de la acción.

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