Liquidación. Extinción. Escritura Pública de Extinción de la Sociedad.

EXTINCIÓN. ESCRITURA PÚBLICA DE EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD.


    Una vez realizado el abono del pasivo de la sociedad y que el activo neto resultante del proceso de liquidación (el haber social) ha sido repartido entre los socios, desde el punto de vista material se considera que la sociedad está extinguida. Deberán cumplirse entonces, una serie de requisitos formales mediante los cuales la sociedad quede totalmente extinguida.
    
    El primero de esos requisitos o pasos de carácter formal es el otorgamiento de escritura pública de extinción de la sociedad por los liquidadores (artículo 395 del RDL 1/2010 - TRLSC) ante un Notario público; para "dar este paso" previamente han debido ser cubiertas las etapas marcadas durante el proceso de liquidación, debiendo incorporar a la escritura el balance final de liquidación y la relación de socios, con expresión de su identidad y de la cuota de liquidación que a cada uno corresponde.

    En la escritura de extinción deberán expresarse las siguientes circunstancias:
  1. Los liquidadores deberán manifestar que ha transcurrido el plazo para la impugnación del acuerdo aprobatorio del balance final, sin que se hayan formulado impugnaciones o, en caso contrario, que ha alcanzado firmeza la sentencia que las resuelve.

  2. Deberán manifestar también que se ha procedido al pago de los acreedores o a la consignación de los créditos.

  3. Finalmente se deberá manifestar en la escritura que se ha satisfecho a los socios la cuota resultante de la liquidación o que se ha consignado su importe (esta consignación debe realizarse en una entidad de crédito correspondiente al domicilio social).

    Además, a la escritura pública se incorporarán:
  1. Balance de liquidación final.

  2. Acuerdo de aprobación de balance de liquidación final.

  3. La relación de los socios con su identidad y el valor de la cuota de liquidación que le corresponde a cada uno.

          

Comentarios



Inscripción de Extinción en Registro Mercantil. Cancelación de asientos registrales.
Proceso de Liquidación. Operaciones de liquidación.
Proceso de Liquidación. Elaboración del Balance de Liquidación Final.

Legislación



Artículo 395 RDLeg 1/2010 TRLSC. Escritura Pública de Extinción de la Sociedad

Jurisprudencia



Liquidación

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