OPERACIONES ENTRE LA SOCIEDAD Y SUS SOCIOS: OPERACIONES VINCULADAS
El artículo 18 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) cataloga como operaciones entre partes vinculadas las realizadas entre una entidad y sus socios o partícipes, así como las realizadas ente una entidad y sus consejeros y administradores. No obstante, en el supuesto que la vinculación se define en función de la relación de los socios o partícipes con la entidad, la participación deberá ser igual o superior al 25 por ciento. Si la participación del socio en la entidad es inferior al 25 por ciento no nos encontraríamos ante una operación vinculada. Por su parte, la mención a los administradores incluye a los de derecho y a los de hecho, si bien, no se incluye como operación vinculada la retribución por el ejercicio de sus funciones como administradores de la sociedad. Sí se tratara de una operación vinculada cuando la retribución corresponda a otra prestación de servicios o trabajo realizado para la entidad.Recuerde que:
Las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas se valorarán por su valor de mercado. Se entenderá por valor de mercado aquel que se habría acordado por personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia.SIGNO DE LA DIFERENCIA | CUANTÍA DE LA DIFERENCIA | CONSECUENCIAS | |
Para el socio | Para la sociedad | ||
A favor del socio | Parte que se corresponde con el porcentaje de participación del socio en la sociedad | Participación en beneficios (dividendo) a incluir en la renta | Retribución de fondos propios (conlleva retención) |
Exceso (de existir) | Rendimiento de capital mobiliario (no dividendo) a incluir en la renta | Retribución de fondos propios (conlleva retención) | |
A favor de la sociedad | Parte que se corresponde con el porcentaje de participación del socio en la sociedad | Aumenta el valor de adquisición de la participación | Aportación a los fondos propios |
Exceso (de existir) | Liberalidad no deducible | Ingreso a incluir en la base imponible del IS |
- Préstamo del socio a la sociedad.
- Préstamo de la sociedad al socio.
- Servicios / trabajos prestados a la sociedad.
Comentarios
Casos en los que es deducible la remuneración de los administradores en IS.Cuadro resumen de obligaciones formales en las operaciones vinculadas.Caso Práctico de préstamo a socio y ajuste secundario.Caso Práctico de préstamo a sociedad y ajuste secundario.Deducción de las retribuciones del Socio Único de una mercantil.Formularios
- Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta de determinadas rentas del capital mobiliario.- Modelo 193. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de determinadas rentas del capital mobiliarioLegislación
- Art. 18 Ley 27/2014 LIS. Operaciones vinculadas.- Art. 6 Ley 35/2006 LIRPF. Hecho imponible.- Art. 40 Ley 35/2006 LIRPF. Estimación de rentas.Siguiente: Préstamo del socio a la sociedad. Aspectos a tener en cuenta.
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