Plazos para la legalización telemática de libros

Plazos para la legalización telemática de libros



    Este sistema de legalización de libros en formato electrónico y presentación por vía telemática, será de aplicación a los libros obligatorios de todas clases respecto de ejercicios abiertos a partir del día 29 de septiembre de 2013, fecha de entrada en vigor de la ley. A partir de esta fecha NO será posible la legalización de libros en soporte papel o en soporte electrónico de cualquier tipo no presentados por vía telemática.

    El plazo para la legalización de libros es de cuatro meses tras el cierre del ejercicio social, por tanto, si el ejercicio coincide con el año natural (cierra a 31 de Diciembre) el último día para legalizar será el 30 de abril del año siguiente.

    Si la sociedad tuviera un ejercicio económico no coincidente con el año natural, habiendo cerrado su ejercicio, por ejemplo, el 30 de Septiembre, el 31 de Enero del año siguiente será la fecha límite para legalizar telemáticamente los libros.  

    Por otro lado, aquellas entidades cuyos ejercicios económicos fueran abiertos antes de 29 de septiembre de 2013, no tendrán la obligación de legalizar en soporte electrónico y presentación vía telemática tales ejercicios, sólo a partir del siguiente.

Comentarios



Consecuencias de no legalizar los libros o hacerlo fuera de plazo.
Legalizar los libros para evitar futuras regularizaciones y sanciones tributarias.
Infracciones y sanciones por inexactitud u omisión de operaciones en la contabilidad o en los libros.
Infracciones y sanciones por uso de cuentas contables con significado distinto de que corresponde.
Infracciones y sanciones por no llevar o conservar contabilidad, libros, programas y archivos.
Infracciones y sanciones por llevanza de contabilidades distintas referidas a una misma actividad.
Infracciones y sanciones por retraso en más de 4 meses en llevanza de contabilidad, libros-registros.
Infracciones y sanciones por no diligenciar o habilitar libros y registros ante la Administración.

Legislación



Art. 18 Ley 14/2013. Legalización de Libros.
DGRN. Instrucción de 12/02/2015. Legalización de libros de los empresarios.
DGRN. Instrucción de 01/07/2015. Mecanismos de seguridad de los ficheros electrónicos que contengan libros de los empresarios presentados a legalización.

ANEXOS

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