Sección 2ª Derogada. R.D. 22 Agosto 1885, Código de Comercio

Normativa
Real Decreto de 22 de Agosto de 1885, del Código de Comercio

Sección 2ª



    La Sección 2ª "De los agentes colegiados de cambio y  Bolsa", del Título VI "De los agentes mediadores del comercio y de sus obligaciones respectivas", la cual estaba  constituida por los artículos que van del 100 al 105 del  Código de Comercio, ha sido DEROGADA por la D.D. de la Ley del Mercado de Valores de 28 de julio de 1.988.

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