Sociedad Cooperativa: Responsabilidad.

SOCIEDAD COOPERATIVA: RESPONSABILIDAD



RESPONSABILIDAD.

    La responsabilidad frente a las deudas es limitada a la aportación de cada socio, es decir, al capital que hubiera suscrito, esté o no desembolsado en su totalidad.

    No obstante, el socio que cause baja en la cooperativa responderá personalmente por las deudas sociales, previa exclusión del haber social, durante cinco años desde la pérdida de su condición de socio, por las obligaciones contraídas por la cooperativa con anterioridad a su baja, hasta el importe reembolsado de sus aportaciones al capital social.


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