La Sociedad RCRCR, SA, con fecha 1 de enero de 20XX compra 1000 acciones por 30 euros/acción de la Sociedad "X". Estas acciones son calificadas como activos financieros disponibles para la venta.
Con fecha 31/12/20XX, el valor razonable de las acciones es de 33 euros/acción.
Con fecha 31/12/20XX+1, el valor razonable de las acciones es de 31 euros/acción.
Finalmente con fecha 1/04/20XX+2 se venden los títulos por importe de 25 euros/acción.
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Solución:
De acuerdo con la norma de valoración 9ª del Plan General Contable, la valoración de este tipo de activos responderá:
VALORACIÓN INICIAL.- Los activos financieros disponibles para la venta se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada, más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles.
Formará parte de la valoración inicial el importe de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se hubiesen adquirido.
VALORACIONES POSTERIORES.-Los activos financieros disponibles para la venta se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación.
Los cambios que se produzcan en el valor razonable se registrarán directamente en el patrimonio neto, hasta que el activo financiero cause baja del balance o se deteriore, momento en que el importe así reconocido, se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias.
No obstante lo anterior, se imputarán directamente en pérdidas y ganancias las correccions valorativas por deterioro de valor, las diferencias monetarias en activos monetarios en moneda extranjera y el importe de los intereses calculados por el tipo de interés efectivo así, como los dividendos.
Así:
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A 1/01/20XX. Compra de las acciones.
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Inversiones Financieras a L/P en Instrumentos de Patrimonio (250) |
30.000 |
|
a Bancos c/c (572) |
|
30.000 |
-
A 31/12/20XX. Ajustes en la valoración.((33-30) * 1.000 acciones) = 2.000 euros
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Inversiones Financieras a L/P en Instrumentos de Patrimonio (250) |
3.000 |
|
a Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900) |
|
3.000 |
-
A 31/12/20XX. Regularización de las cuentas de los grupos 8 y 9.
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900) |
3.000 |
|
a Ajustes por valoración en AF disponibles para la venta (133) |
|
3.000 |
-
A 31/12/20XX+1. Ajustes en la valoración ((33-31) * 1.000 acciones) = 2.000 euros
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Pérdidas en activos financieros disponibles para la venta (800) |
2.000 |
|
a Inversiones Financieras a L/P en Instrumentos de Patrimonio (250) |
|
2.000 |
-
A 31/12/20XX+1. Regularización de las cuentas de los grupos 8 y 9.
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Ajustes por valoración en AF disponibles para la venta (133) |
2.000 |
|
a Pérdidas en activos financieros disponibles para la venta (800) |
|
2.000 |
-
A 1/04/20XX+2. Venta de las acciones.
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Bancos c/c (572) |
25.000 |
|
Pérdidas de disponibles para la venta (6632) |
6.000 |
|
a Inversiones Financieras a L/P en Instrumentos de Patrimonio (250) |
|
31.000 |
-
A 31/12/20XX+2. Imputación a resultados de los importes acumulados reconocidos directamente en patrimonio neto. (mayor de la cuenta 133 = Sa = 1.000 )
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Transferencia de beneficios en AF disponibles para la venta (802) |
1.000 |
|
a Beneficios de disponibles para la venta (7632) |
|
1.000 |
-
A 31/12/20XX+2. Regularización de cuentas de los grupos 8 y 9.
Registro Contable - Libro Diario |
Debe |
Haber |
Ajustes por valoración en AF disponibles para la venta (133) |
1.000 |
|
a Transferencia de beneficios en AF disponibles para la venta (802) |
|
1.000 |
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