Piezas de recambio de un inmovilizado material. La Resolución sobre inmovilizado material del ICAC, de 30 de julio de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de valoración del inmovilizado material, con respecto a las piezas de recambio (apartado 5) dicta lo siguiente. "Piezas de recambio son las destinadas a ser montadas en instalaciones, equipos o máquinas, en sustitución de otras semejantes, y para su valoración se estará a las normas generales del inmovilizado material, y su contabilización se realizará de acuerdo a las siguientes reglas:
En el caso de que la pieza corresponda de manera exclusiva a activos contabilizados en las cuentas Instalaciones técnicas (222) y Otras instalaciones (225) del Plan General de Contabilidad, se registrarán conjuntamente con la instalación a la que esta afectada y se someterán al mismo proceso de amortización. Cuando las piezas de recambio correspondan a otro tipo de activos se contabilizarán en la cuenta Otro inmovilizado material (229), procediéndose a amortizar en la medida que se pueda identificar de acuerdo al mismo proceso al que está sometida la pieza a sustituir." Ejemplo Práctico:Se compran piezas de recambio por valor de 10.000 euros. De las mismas piezas por valor de 3.000 euros se espera que se utilicen en este ejercicio. El resto se almacenará considerando que se utilizarán en ejercicios próximos. Al finalizar el ejercicio se comprueba que de las piezas que se iban a consumir en este ejercicio todavía quedan en almacén piezas por valor de 800 euros. El IVA de la operación es del 16%. El asiento de compra, haciendo abstracción de los impuestos que pudieran afectar a la operación, sería el siguiente:
Al finalizar el ejercicio, se activarán las existencias que se tengan en almacén de los repuestos, como se hace con el resto de las existencias:
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