El Régimen Legal de las vacaciones a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

La regulación legal de las vacaciones en el Artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores destaca precisamente por ser más bien escueta, a pesar de haberse modificado el citado artículo; por lo que no es infrecuente que la cuestión de las vacaciones haya sido, y continúe siendo, una fuente de conflictos entre empresas y trabajadores, que ha obligado a los tribunales a concretar e interpretar esta regulación legal.

Debe tenerse en cuenta también que, como ocurre en otros muchos aspectos de la relación laboral, la regulación del Estatuto de los Trabajadores es una regulación de mínimos, es decir, y como señala el propio precepto, las vacaciones se regirán, preferentemente, por lo pactado o regulado al respecto en el convenio colectivo o en el propio contrato individual de trabajo, que siempre debe ser, como mínimo, igual o superior a lo previsto en la Ley.

Por ello, no se puede analizar la cuestión de las vacaciones sin prestar atención al convenio colectivo y al contrato individual de trabajo, y, por supuesto, es imprescindible conocer también que dicen al respecto los Juzgados y Tribunales:

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