¿Cómo nos vigilará Hacienda (AEAT) en este 2019?
Publicado: 18/01/2019
Boletín nº 03 - Año 2019
Como todos nuestros lectores conocen, es habitual por estas fechas la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), de las directrices generales que van a conformar el denominado Plan Anual de Control Tributario y Aduanero, el cual no es más que la "hoja de ruta" que pretende seguir la Agencia Tributaria en su lucha contra el fraude. Para el ejercicio 2019, ha sido la Resolución de 11 de enero de 2019, publicada el 17 de Enero, la encargada de recoger esta "hoja de ruta".
A nuestros efectos, tal vez sería interesante significar en este comentario como principales líneas de actuación del referido Plan para 2019:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
En la plataforma Renta WEB, que permite realizar la liquidación a través de la página web de la Agencia Tributaria, se realizarán mejoras que contribuyan a la declaración voluntaria del contribuyente tales como:
- Realizar la declaración de las carteras de valores; se prevé realizar una versión renovada del programa "cartera de valores" que contemplará la precumplimentación de datos por parte de la AEAT,
- Potenciar los avisos sobre las rentas que se deben o no declarar.
- Se realizará la precumplimentación de los datos por parte de la AEAT en base a los datos extraídos de los modelos 189 (Declaración Informativa anual de Valores, seguros y rentas) y 198 (Declaración Informativa anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios).
- Consolidar la app puesta en funcionamiento en 2018 para realizar la liquidación del impuesto.
- Control global de las deducciones sobre el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobadas por las distintas Comunidades Autónomas, partiendo especialmente de la información suministrada por dichas Comunidades.
Recuerde que...
La AEAT fomentará la herramienta ASISTENTE VIRTUAL que veremos de forma inmediata en IVA, IRPF y declaraciones censales.
También continuarán los controles sobre actividades económicas en el IRPF, los rendimientos de capital inmobiliario con explotación de la nueva declaración informativa sobre arrendamientos turísticos, las retenciones y la utilización abusiva del régimen de las entidades sin fines lucrativos.
Al mismo tiempo se potenciarán las actuaciones de control acerca de los contribuyentes con patrimonios significativos con la creación de la Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes; este hecho no afectará exclusivamente a contribuyentes del IRPF.
Se intensificará el control de los contribuyentes no declarantes de Impuesto.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
En este tributo la herramienta diseñada para el Suministro Inmediato de Información (SII) ya constituye por sí misma una "máquina contra el fraude" que seguirá potenciándose además de verse reforzada con los denominados Asistentes Vituarles. Además podemos destacar:
- La posible cesión de datos fiscales (información de clientes y proveedores) a los contribuyentes no incluidos en el SII para facilitarles la presentación de las declaraciones; es decir, aprovechando la información obtenida a través del SII trasladar esta información a aquellos sujetos pasivos afectados, clientes y proveedores del declarante en SII para que sean conscientes de su obligación de reflejar también estas operaciones.
- Control de la facturación irregular y prohibición del software de doble uso que permite la llevanza de dobles contabilidades, buscando minimizar, en las actividades con consumidores finales el riesgo de fraude.
- Continuarán priorizándose las actuaciones de control vinculadas a la existencia de tramas de IVA, con un control reforzado del Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y los sectores y actividades de riesgo.
- La planificación coordinada y la colaboración entre Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias autonómicas en operaciones inmobiliarias significativas al objeto de determinar su tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido o, alternativamente, por el concepto «Transmisiones Patrimoniales Onerosas» del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)
Recuerde que...
En especial, se actuará respecto de las empresas cuyos volúmenes de actividad, de beneficios, de ventas o de cobros resulten incoherentes con los normales de su sector.
Como ya hemos comentado para el IRPF, el control de los patrimonios relevantes, reforzado con la nueva "Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes", tendrá también "bajo su lupa" a los contribuyentes de este impuesto. Podríamos destacar entre otras actuaciones:
- Se incrementará el número de actuaciones de control de las personas y entidades con bienes y derechos en el exterior o con actividad internacional.
- Se analizará la interposición de personas jurídicas con el objeto de reducir improcedentemente la tributación, es decir, el uso abusivo de sociedades interpuestas.
- Se formentará la realización de análisis concretos que permitan detectar inconsistencias tales como la indebida deducción de gastos personales.
- Mayores actuaciones de control consecuencia de actuaciones conjuntas de las áreas de Gestión y de Inspección de la AEAT, sobre:
- Grandes empresas.
- Pequeñas sociedades comerciales o industriales ("con el objetivo de mejorar su comportamiento tributario")
- Actuaciones de control sobre contribuyentes acogidos al régimen especial de consolidación fiscal del Impuesto. Especial atención se prestará a la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, en particular a las bases pendientes de compensación respecto de las cuales el derecho de la Administración para iniciar el procedimiento de su comprobación prescribe a los diez años.
- Actuaciones de control relacionadas con sociedades con muy baja actividad (aun considerando que una parte de estas sociedades están inactivas de facto).
OTROS
ÁMBITO ADUANERO.- Se realizarán actuaciones de comprobación de mercancías en los recintos aduaneros y de los movimientos de efectivo realizados por viajeros, así como controles a posteriori para verificar el origen, clasificación arancelaria y valor en aduana declarados con motivo de la importación de mercancía; especial hincapié en actuaciones de comprobación e investigación combinadas en el caso de las importaciones de productos de consumo, textiles y otros con origen asiático.
IMPUESTOS ESPECIALES.- Se efectuarán controles para verificar la correcta aplicación de la normativa, la formación del censo, la procedencia de las devoluciones y las condiciones y requisitos a cumplir a efectos de la vigencia de las autorizaciones de los establecimientos sujetos a los Impuestos Especiales de Fabricación, y controles específicos del movimiento y existencias de productos en fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales.
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES.- Se realizarán controles relacionados con el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, principalmente.
Finalizar comentado que la Agencia Tributaria creará una herramienta de gestión de riesgos tributarios que será capaz de "refundir en uno" todos los existentes, para de esta forma identificar colectivos de riesgo permitiendo un mejor seguimiento del resultado de las actuaciones de control que la Agencia lleva a cabo. Será la combinación del uso intensivo de la tecnología de análisis de datos tipo ‘Big Data’ y la explotación de las más recientes fuentes de información (SII, CRS, Fatca, ‘Informe País por País’ –CBC– y, a partir de 2019, también la información sobre mecanismos de planificación fiscal agresiva, o ‘DAC 6’) la que le proporcionará la posibilidad de reforzar el control sobre los grandes patrimonios, las multinacionales, la economía sumergida y el fraude en los ámbitos recaudatorio y aduanero.