Contabilidad en las Entidades Sin Fines Lucrativos.
Publicado: 27/09/2016
ACTUALIZADO 15/10/2018
Boletín nº 36 - Año 2016
El presente comentario nace de la gran cantidad de consultas que en los últimos tiempos se han producido al respecto del registro contable de determinadas operaciones en Entidades sin Fines Lucrativos. Es evidente que el origen de las mismas está en la modificación normativa que se produce con la denominada “Reforma Fiscal 2015”,cuando se modifica el artículo 124 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014, de 27 de noviembre) estableciendo que a partir del ejercicio 2015 todas las Entidades sin Fines Lucrativos tienen que presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades; consecuentemente, el cumplimiento de esta obligación tributaria impone en muchos casos la llevanza de una contabilidad normalizada y adaptada al PGC.
En concreto la redacción actual del artículo 124.3 establece una salvaguarda, de forma que NO ESTÁN OBLIGADAS a presentar la declaración del Impuesto aquellos contribuyentes a que se refiere el apartado 3 del artículo 9 (entidades e instituciones sin ánimo de lucro; uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas; colegios profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales y sindicatos de trabajadores;...) que cumplan los siguientes requisitos:
- Que sus ingresos totales no superen 75.000 euros anuales.
- Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superen 2.000 euros anuales.
- Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.
Por otro lado, el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, resulta de aplicación obligatoria para fundaciones de competencia estatal y asociaciones declaradas de utilidad pública.
Si bien es cierto que el resto de asociaciones no están obligadas a la aplicación de esta adaptación sectorial de contabilidad, se dan dos circunstancias que ha motivado el incremento de su uso:
- La recomendación (aunque no obligación) de su seguimiento realizada por el mismo RD 1491/2011 cuando señala que las Normas de Adaptación son aplicables a todas las Entidades sin Fines Lucrativos; y
- La obligación de presentar el modelo 200 de liquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS), para una gran mayoría de este tipo de entidades, consecuencia de la modificación normativa referida en párrafos anteriores.
Hasta la fecha, pequeñas asociaciones como clubes deportivos básicos, bandas de música constituidas como asociación, asociaciones de festejos o vecinos, etc., con escasa generación de ingresos y gastos, no estaban obligadas a liquidar el IS, pero desde 2015, todas aquellas que superen los límites establecidos en el artículo 124 de la LIS lo están y parece lógico pensar que estos nuevos obligados lleven su contabilidad conforme al Código de Comercio, ya que facilitará la autoliquidación del impuesto (cómputo de ingresos y gastos); más todavía si tenemos en cuenta que los contribuyentes acogidos al régimen de entidades parcialmente exentas llevarán su contabilidad de tal forma que permita identificar los ingresos y gastos correspondientes a las rentas exentas y no exentas.
Pues bien, para aquellas Asociaciones que consideren la Contabilidad como la herramienta que les permitirá gestionar de mejor forma hacer frente a sus nuevas obligaciones fiscales, la Adaptación Sectorial del PGC (RD 1491/2011) a estas entidades y concretamente la Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos, recomienda una serie de cuentas específicas y diferenciadas que permitirán adecuar el PGC a la naturaleza diferenciada de las operaciones que realizan estas entidades. Así, extractamos las principales cuentas y subcuentas adaptadas a este tipo de entidades, que habremos de “barajar” a la hora de registrar determinadas operaciones:
CUENTAS ESPECÍFICAS ADAPTACIÓN SECTORIAL PGC A ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS | |
Grupo 1. Financiación básica | |
10. Capital | |
Cuenta 100 | Dotación fundacional |
Cuenta 101 | Fondo social |
Cuenta 103 | Fundadores/Asociados por desembolsos no exigidos |
Cuenta 104 | Fundadores/Asociados por aportaciones no dinerarias pendientes |
12. Expedientes pendientes de aplicación | |
Cuenta 120 | Remanente |
Cuenta 121 | Excedentes negativos de ejercicios anteriores |
Cuenta 129 | Excedente del ejercicio |
Grupo 2. Activo no corriente | |
20. Inmovilizaciones intangibles | |
Cuenta 207 | Derechos sobre activos cedidos en uso |
24. Bienes del Patrimonio Histórico | |
Cuenta 240 | Bienes inmuebles |
Cuenta 241 | Archivos |
Cuenta 242 | Bibliotecas |
Cuenta 243 | Museos |
Cuenta 244 | Bienes muebles |
Cuenta 249 | Anticipos sobre bienes del Patrimonio Histórico |
28. Amortización acumulada del inmovilizado y otras cuentas correctoras | |
Cuenta 283 | Cesiones de uso sin contraprestación |
29. Deterioro de valor de activos corrientes | |
Cuenta 299 | Deterioro de valor de bienes del Patrimonio Histórico |
Grupo 3. Existencias | |
No existen diferencias con el PGC | |
Grupo 4. Acreedores y deudores por operaciones de tráfico | |
41. Beneficiarios y acreedores varios | |
Cuenta 412 | Beneficiarios, acreedores |
44. Usuarios y deudores | |
Cuenta 447 | Usuarios, deudores |
Cuenta 448 | Patrocinadores, afiliados y otros deudores |
46. Personal | |
Cuenta 464 | Entregas para gastos a justificar |
47. Administraciones Públicas | |
Cuenta 4707 | Hacienda Pública, deudora por colaboración en la entrega y distribución de subvenciones |
Cuenta 4757 | Hacienda Pública, acreedora por subvenciones recibidas en concepto de entidad colaboradora |
49. Deterioro de valor por operaciones de la actividad y provisiones a corto plazo | |
Cuenta 495 | Hacienda Pública, deudora por colaboración en la entrega y distribución de subvenciones |
Grupo 5. Cuentas financieras | |
55. Otras cuentas no bancarias | |
Cuenta 551 | Cuenta corriente con patronos y otros |
Cuenta 558 | Fundadores y asociados por desembolsos no exigidos |
Grupo 6. Compras y gastos | |
65. Ayudas monetarias de la entidad y otros gastos de gestión | |
Cuenta 650 | Ayudas monetarias |
Cuenta 651 | Ayudas no monetarias |
Cuenta 653 | Compensación de gastos por prestaciones de colaboración |
Cuenta 654 | Reembolsos de gastos al órgano de gobierno |
Cuenta 655 | Pérdidas de créditos incobrables derivados de la actividad |
Cuenta 6560 | Beneficio transferido (gestor) |
Cuenta 6561 | Pérdida soportada (partícipe o asociado no gestor) |
Cuenta 658 | Reintegro de subvenciones, donaciones y legados recibidos, afectos a la actividad propia de la entidad |
Cuenta 659 | Otras pérdidas en gestión corriente |
Grupo 7. Ventas e ingresos | |
72. Ingresos propios de la actividad | |
Cuenta 720 | Cuotas de asociados y afiliados |
Cuenta 721 | Cuotas de usuarios |
Cuenta 722 | Promociones para captación de recursos |
Cuenta 723 | Ingresos de patrocinadores y colaboraciones |
Cuenta 728 | Ingresos por reintegro de ayudas y asignaciones |
79. Excesos y aplicaciones de provisiones y de pérdidas por deterioro | |
Cuenta 791 | Reversión del deterioro del inmovilizado material y de bienes del Patrimonio Histórico |
Cuenta 794 | Reversión del deterioro de créditos por operaciones de la actividad |
De igual forma, los modelos para la presentación de las Cuentas Anuales: Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Memoria y Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (hablando de una Pyme) tiene modelos específicos con pequeñas diferencias, que habremos de utilizar en las obligaciones relacionadas con las mismas.
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