Asiento de ajuste de clientes con efectos comerciales por diferencias negativas de cambio
Tratamiento sobre Ajustes por Diferencias Negativas de Cambio.
El Código de Comercio exige que todas las anotaciones de los empresarios en su contabilidad se expresen en euros. Por lo tanto, cuando un empresario posea fondos, débitos o créditos en una moneda extranjera se producirán diferencias de cambio cuando varíe el tipo de cambio de esta moneda con respecto al euro. La cuenta (668) contabiliza las pérdidas producidas por modificaciones del tipo de cambio en valores de renta fija, créditos, deudas y efectivo en moneda extranjera al tener que valorarse en euros de acuerdo con el tipo de cambio vigente al cierre de la operación. Se realizará el asiento anterior al finalizar el ejercicio o hayan vencido las respectivos deudas si se han producido dichas diferencias. También se puede contratar un Seguro de Cambio que cubra el riesgo de estas pérdidas. La prima de seguro se pagará en el momento en que se suscriba la póliza y se contabilizará de la siguiente forma: La Norma de Valoración 13ª del Plan General de Contabilidad Pyme enumera las normas aplicables a las diferencias de cambio. La cuenta Clientes, efectos comerciales a cobrar (431) recoge los créditos con clientes, en este caso en moneda extranjera, formalizados en efectos de giro aceptados. Al realizar el asiento anterior queda representada la disminución del saldo de esta cuenta, valorado en euros, por la variación del tipo de cambio.Siguiente: Asiento de ajuste de deudores por diferencias negativas de cambio
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